EL DERECHO DE CITA. ¿QUE CONDICIONES SE REQUIEREN PARA PODER CITAR A OTRO?
Para proteger el derecho a la informaciòn, se considera legìtimamente la reproducciòn, como cita, de obras literarias y periodìsticas sin necesidad de solicitarle previamente autorizaciòn al autor, como lo establece el artìculo 31 de la ley 23 de 1982 sobre derechos de autor: "Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que no sean tantos y tan seguidos que razonadamente puedan considerarse como una reproducciòn simulada y sustancial, que redunde en perjuicio del autor de la obra de donde se toman. En cada cita deberà mencionarse el nombre del autor de la obra citada y el tìtulo de dicha obra.
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